ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD BOLIVARIANA ESTUDIANTIL








ACTA CONSTITUTIVA DE LAS
SOCIEDADES BOLIVARIANAS ESTUDIANTILES EN EL MARCO DEL “APRENDER PARA EL  VIVIR VIVIENDO” EN EL MARCO  DEL MOVIMIENTO POR LA PAZ Y LA VIDA

En la ciudad de________________________a los ______ días del mes ________________  2012.
U.E./E.B. ________________________________________________________ del Municipio Escolar
__________________________________________________.
Previa convocatoria de los miembros de la Sociedad Bolivariana Estudiantil del Plantel con la Finalidad de conformar la JUNTA DIRECTIVA, según el artículo 4° del reglamento que normaliza el funcionamiento de las mismas, se procedió a la siguiente elección quedando integrada de la siguiente manera:

Cargo
Nombre y Apellido
C.I.
Grado

1
Presidente
_________________________
________________
_________

1er
Vice-Presidente
_________________________
________________
_________

2do
Vice-Presidente
_________________________
________________
_________

1
Secretaria General
_________________________
________________
_________

1
Sub-Secretario
_________________________
________________
_________

1
Tesorero
_________________________
________________
_________

1
Bibliotecario
_________________________
________________
_________

1er
Vocal
_________________________
________________
_________

2do
Vocal
_________________________
________________
_________

3er
Vocal
_________________________
________________
_________







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Prof. Monitor Cultural
Docente Asesor
Director de Plantel








JURAMENTO DE LA
SOCIEDAD BOLIVARIANA ESTUDIANTIL BICENTENARIA

 SIMÓN BOLÍVAR, ESPIRITU Y LIBERTAD  ¡ESTÁS PRESENTE!
TU VOZ,  TU PENSAMIENTO Y TU ACCIÓN, 
ES LA SAVIA QUE NUTRE MIS VENAS;
ANTE TI,   
HISTORIA QUE ES PRESENTE,    
 ¡JURO!: 
SOY TU DESTINO:  ¡EN MI VIVE AMÉRICA!
SOY TU ACCIÓN:   ¡EN MI PULSO ESTÁ TU SANGRE!
SOY LA POSTERIDAD:  ¡Y ESTOY EN SURCOS!
HIJO HOY,   PADRE MAÑANA,  EL ESPÍRITU DE MI ESPÍRITU,
TENDRAS LA LUZ DEL OMNIPOTENTE.
ANTE TI BOLÍVAR,  
HIJO DE ESTA PATRIA, 
CON MI PALABRA QUE ES FLOR EN PERMANENCIA,      
 ¡JURO!:
MI CONCIENCIA BOLIVARIANA ES CULTO Y GLORIA,
QUE HABRÉ DE LEGAR A MIS DESCENDIENTES.
ANTE TI,  LIBERTADOR DE SEIS NACIONES,
ANTE TI, PADRE DE MI PATRIA,
¡JURO!:    
BOLÍVAR,  TU CREDO: 
¡ES MI PROPIO PENSAMIENTO!”.


AUTOR: Prof. Elba Hernández de Yánez



ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD
BOLIVARIANA ESTUDIANTIL. BICENTENARIA

CAPÍTULO I
DE LAS FINALIDADES
Art. 1° Las Sociedades Bolivarianas Estudiantiles son agrupaciones que tienen a finalidad de fomentar y propagar e conocimiento de la vida y obra de Bolívar como otro de los procesos de nuestro país, sus ideas políticas, culturales y sociales, a objeto de que sirvan de orientación para las nuevas generaciones y se traduzcan en vivencias que contribuyan al engrandecimiento de a patria.
Art 2° Estimular el estudio, investigación, análisis y síntesis que permita la formación de una conciencia histórica.

CAPÍTULO II
DE LAS ACTIVIDADES
Art 3° Las actividades que realizan las Sociedades Bolivarianas estudiantiles para lograr los fines, son los siguientes:
a-Fomentar en los alumnos un conocimiento solido sobre el pensamiento y obra de bolívar y otros próceres de nuestro país.
b- Lograr que los alumnos conjuntamente con la sociedad civil, conozca el múltiple pensamiento bolivariano y lo proyecten.
c- Dar a conocer el pensamiento bolivariano y su repercusión en la actualidad.
d- Colocar la e finge de bolívar en el lugar principal del plantel y en cada aula de clase.
e- Elaborar trabajos sobre el pensamiento y obra de bolívar para ser publicado en todo el plantel.
f- promover cursos, congresos, Conversatorios, talleres, y otros de libre participación en los alumnos sobre la vida y obra de Bolívar.
g- Hacer carteleras alusivas a la vida y obra del libertador.
h-Cumplir con los días cívicos.
i-Hacer el periódico impreso y mural en los planteles con la participación de todo el alumnado.

CAPÍTULO III
DE LAS CALIFICACIONES DE SUS MIEMBROS
Art. 4° Serán miembros de la sociedades bolivarianas estudiantiles los alumnos de los diferentes Niveles educativos.

CAPÍTULO IV
DE LAS JUNTAS DIRECTIVAS Y SU SELECCIÓN
a-      La sociedad bolivariana estudiantil estarán presidida por una junta directiva.
b-      Para ser miembro de la sociedad bolivariana estudiantil se requiere cumplir con el articulo 4°.






CAPÍTULO V
DE LA RESPONSABILIDAD DEL COORDINADOR ZONAL Y ASESOR DE PLANTEL DE LAS SOCIEDADES BOLIVARIANAS ESTUDIANTILES

Art. 6° La sociedad bolivariana estudiantil en cada plantel estará a cargo del Prof. Monitor zonal y del ´Prof. Asesor que designe la dirección del plantel.
Art.7° El Prof. Zonal y el Prof. de plantel planificaran el trabajo anual de las sociedades Bolivarianas estudiantiles siguiendo las directrices de la coordinación nacional del Ministerio del poder popular para la educación y serán responsables de su cumplimiento ante la dirección del plantel.
Art 8° cada porf.de plantel reunirá un informe trimestral sobre las actividades de la sociedad bolivariana estudiantil al coordinador zonal y este a su vez le rendirá información al coordinador nacional.

CAPÍTULO VI
DEBERES DE LOS MIEMBROS
Art 9°
a-      Asistir puntualmente a las reuniones que sean convocadas por el coordinador regional, zonal, municipal, el docente asesor de la sociedad bolivariana estudiantil o por el presidente de la junta directiva.
b-      Cumplir con los trabajos que le sean asignados.
c-      Fomentar, propagar y enaltecer en el ámbito estudiantil y en las comunidades el pensamiento y obra de Bolívar.

CAPÍTULO VII
DE LAS ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art 10°
a-DEL PRESIDENTE.
1-presidir las reuniones de la directiva y de la asamblea general de los miembros.
2-Disponer y organizar la planificación de las actividades que van a desarrollar de común acuerdo con el asesor.
3-velar por la buena marcha de la planificación realizada.
4-Representar a la sociedad bolivariana en los distintos actos realizados por la propia S.B.E. y a los que sea invitada.
5-Informar regularmente al docente asesor de la S.B.E. de plantel y trimestralmente a la asamblea de miembros sobre las actividades cumplidas y las actividades a desarrollar.
b-DE LOS VICEPRESIDENTES.
1-      Suplir al presidente cuando sea necesario.
2-      Colaborar con el presidente para lograr una buena marcha de la S.B.E.
3-      Cumplir las funciones que le encomiende el presidente.
c-DEL SECRETARIO GENERAL.
1-Llevar los libros de la S.B.E. en especial el de las actas.
2-Elaborar las convocatorias y hacerlas llegar a los miembros.
3-Organizar y mantener al dia el archivo de correspondencia de la sociedad bolivariana estudiantil.
d-DEL SUBSECRETARIO.
1-Suplir las faltas del secretario general.
e-DEL TESORERO.
1-Llevar el libro con el control de los ingresos y egresos de la tesorería.
2-conservar en orden los comprobantes de gastos de la S.B.E.
3-Elaborar el presupuesto.
4-Dar cuenta en sesión de la junta directiva del movimiento manual de ingreso y egreso.
f-DEL BIBLIOTECARIO.

1-      Crear y enriquecer la bibliografía bolivariana del plantel.
2-      Velar porque el servicio de la biblioteca de la S.B.E. esté en condiciones adecuadas para la consulta bibliográfica de las personas interesadas.

CAPÍTULO VIII
DEL LAS RELACIONES CON LA
SOCIEDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Art 11 La asesoría llegara por un miembro de esta institución a cada zona educativa.

Párrafo Único. La programación anual estará a cargo de la coordinación nacional del MPPE y contara con el             respaldo de la coordinación nacional y regional de las sociedades bolivarianas estudiantiles.
Art 12 Lo no previsto es este reglamento será resuelto por el MPPE a través de su coordinación nacional, zonal o regional de las S.B.E.


GACETA OFICIAL
Dirección General-numero 1.122
Dirección General-numero 282
Caracas 23 de Septiembre de 1977-168° y 119°
Se Resuelve.
Art.1° El ceremonial para el acto solemne de izar y de arriar la Bandera Nacional durante los días de labor en los planteles educativos, vigente a partir del 12 de marzo de 1975, por resolución del ministerio de educación N° 37 del 3 de marzo de 1975, se seguirá cumpliendo con las siguientes normas:



1-Los alumnos de los planteles educativos permanecerán en formación general, izaran la bandera al inicio de la jornada diaria y la arriaran al término del día escolar.
2-En los planteles de educación secundaria podrán proceder de conformidad con el numeral anterior o según la siguiente modalidad la ceremonia de izamiento de la bandera nacional se hará al inicio de la primera hora de clase y el acto de arriarla
En los diez minutos finales de la última hora de clase esta actividad será cumplida por una guardia de honor del respectivo plantel o miembros de la junta directiva de la S.B.E.
Art.2 En los planteles educativos durante los actos de izar y de arriar la bandera nacional, los alumnos que participen entonaran el himno de la república de Venezuela.

Los días lunes se entonara completo el himno nacional con el himno del estado.
Los otros días restantes se entonara el coro y la tercera estrofa.
Art.3 En los actos oficiales y cívicos se exhorta a los asistentes a entonar el himno nacional.
Art.4 Las instituciones del país deberán
poseer la bandera nacional y estar provistas de la respectiva asta, colocada en un lugar prominente.
Art.5 El personal de supervisión, director y docentes de aulas deberán participar activamente en el cumplimiento de la presente resolución.



Comentarios

  1. Buenas tardes profesora. Me parece interesante su blog y me gustaría si esta a su alcance los formatos en digital de la Sociedad Bolivariana Estudiantil

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